Conviene saber diferenciar entre estos tres conceptos a la
hora de solicitar una indemnizacion a nuestra aseguradora, ya que cada uno suele ser
tratado de un modo diferente, y no todos los seguros de hogar indemnizan todos los casos.
Por ejemplo los hurtos no suelen ser indemnizados como veremos mas adelante.
Robos
El robo es la sustraccion de bienes por una persona en contra de su dueño. Para que se
produzca el robo es necesario que exista fuerza en las cosas para sustraer los bienes.
Como ejemplo de fuerza en las cosas tenemos la rotura de puertas o ventanas, apertura
de cerraduras o candados con ganzuas u otros utensilios, etc.
Hurtos
En el caso del hurto es la sustraccion de bienes en contra de la voluntad de su dueño,
pero sin ejercer fuerza en las cosas ni utilizar la violencia o intimidacion sobre
personas.
Ejemplo de hurto en el caso de los seguros de hogar seria por ejemplo la sustraccion de
algun bien de nuestro domicilio en un despiste de algun bien de nuestro domicilio en un
despiste aprovechado por el ladron al encontrar nuestra puerta abierta.
Atracos
En esta ocasion la sustraccion se realiza mediante la violencia o intimidacion a
personas.
Un ejemplo seria el atraco de nuestro domicilio al que los autores han podido acceder
amenazandonos o por medio del engaño.
Los seguros de hogar no solo cubren los bienes que han sido sustraidos si no que
tambien se suelen hacer cargo de otras perdidas economicas que se han producido como
consecuencia de los hechos. Por ejemplo en el caso de un robo en el que han roto la puerta
el seguro de hogar tambien cubriria los gastos de reparacion de la puerta.
En el caso del hurto casi nunca es indemnizado por los seguros de hogar ya que para que
este se produzca es necesaria una negligencia grave por parte del asegurado, como olvidar
cerra la puerta de nuestra casa, piso o chalet.
Tambien es importante aclarar que no todos los seguros de hogar incluyen un seguro de
robo por lo que es necesario conocer este dato antes de ser contratado. |